May 17, 2016 – A travĂ©s de una extensa carta, un nutrido grupo de militares retirados solicitĂł este martes a la Asamblea Nacional remover del cargo al presidente Nicolás Maduro “dentro de tres dĂas hábiles”, debido a que Ă©ste no ha podido comprobar su nacionalidad venezolana y, segĂşn ellos, definitivamente ostenta la colombiana. La carta de diecinueve páginas, suscrita por altos oficiales en situaciĂłn de retiro, entre ellos varios ex ministros de la Defensa y ex Comandantes Generales. Apoya “la solicitud formulada a la Asamblea Nacional en fecha 20 abril 2016 por el Dr. Enrique Aristeguieta Gramcko en relaciĂłn con el proyecto de Decreto Legislativo” y piden a la AN “cumplir con su deber constitucional de remover del cargo de presidente de la repĂşblica, a Nicolás Maduro por no cumplir con los requisitos constitucionales de ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”. El petitorio hace un recuento muy detallado sobre las irregularidades en los documentos de identidad de Maduro y de sus familiares, y explica el encubrimiento por parte del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia, para impedir que se conozca la verdadera nacionalidad de Maduro, la cual, segĂşn los uniformados, es colombiana.
Finalmente, los militares en retiro piden …
“A.- Que esta solicitud sea elevada a conocimiento y decisiĂłn de la Plenaria de la Asamblea Nacional.“B.- Que se decida un nuevo emplazamiento, con tĂ©rmino de sĂłlo tres (3) dĂas laborables de este Ăłrgano, con fundamento en los alegatos de derecho constitucional esgrimidos en este documento, mediante los cuales se analiza y demuestra, la inconstitucionalidad de las actuaciones del Consejo Nacional Electoral, de la Asamblea Nacional en ejercicio en abril de 2013, y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia al no exigir el cumplimiento de los requisitos concurrentes estipulados en los artĂculos 41 y 227 de la Norma Suprema al Presidente de la RepĂşblica, ya debidamente notificado al Presidente de la RepĂşblica mediante escrito del 12 abril 2016, para que presente sus alegatos y defensas, a los fines de establecer las correspondientes responsabilidades personales”. “C.- Que a las consideraciones planteadas en este escrito, formuladas por ante esta Asamblea Nacional conforme al Derecho de ParticipaciĂłn PolĂtica, artĂculos 62 y 132 de la Norma Suprema, asĂ como en los artĂculos 78 y 128 del reglamento de interior y debates de la Asamblea Nacional, se les dĂ© el trámite de ley y se hagan constar en las actas”.



